La influenciadora fue hallada culpable por instigación a delinquir y daños contra el sistema de transporte público en Bogotá
La Corte Suprema de Justicia de Colombia confirmó este miércoles la condena de cinco años y tres meses de prisión para la influenciadora Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, por su participación en actos vandálicos contra el sistema de transporte Transmilenio en Bogotá.
La Sala de Casación del alto tribunal ratificó su responsabilidad en los delitos de daño en bien ajeno agravado, perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial, e instigación a delinquir con fines terroristas.
Los hechos: vandalismo durante las protestas de 2019
El 22 de noviembre de 2019, en medio de una jornada de protestas contra el Gobierno del entonces presidente Iván Duque, Barrera Rojas grabó y publicó en sus redes sociales un video donde se le ve destruyendo vidrios, dañando equipos de recarga automática, lectores de tarjetas y la registradora de acceso de la estación Molinos del sistema Transmilenio.
El material, que se viralizó rápidamente, generó indignación y abrió un debate sobre la responsabilidad de los influenciadores en la generación de contenido que incite a la violencia.
Ratificación de la condena y orden de captura
En su fallo, la Corte Suprema de Justicia determinó que la conducta de Epa Colombia no estaba protegida por la libertad de expresión, ya que esta garantía «deja de ser lícita cuando a través de ella se propaga la violencia destructiva de bienes jurídicos personales o de uso público».
Además, el tribunal negó la posibilidad de prisión domiciliaria y ordenó su captura inmediata, la cual fue ejecutada hace dos días y la mantiene actualmente detenida en la Fiscalía General de la Nación.
Instigación a la violencia y responsabilidad en redes sociales
Uno de los puntos más determinantes en la decisión judicial fue el impacto de los actos de la influenciadora en sus seguidores. Según la sentencia, Barrera incitó de manera consciente y voluntaria a sus seguidores a imitar su conducta, lo que la Corte consideró «incompatible con la garantía de la protesta social».
«Se observa claro, entonces, que la difusión por redes de comunicación masiva de mensajes incitadores a la violencia y la destrucción del sistema de transporte público (…) tenía plena idoneidad para instigar a delinquir a través de conductas constitutivas de terrorismo», concluyó el fallo.
Un caso que marca precedentes
El caso de Epa Colombia no solo ha generado debate sobre el uso de las redes sociales como herramienta de movilización, sino también sobre los límites de la protesta y la responsabilidad penal de los influenciadores.
Con esta decisión, la Corte Suprema sienta un precedente respecto al uso de plataformas digitales para fomentar actos de violencia, reafirmando que la protesta debe desarrollarse dentro del marco legal y sin afectar bienes públicos esenciales para la ciudadanía.
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