El presidente Daniel Noboa busca facultades extraordinarias para conceder indultos anticipados a miembros de las fuerzas del orden en el contexto del conflicto armado interno declarado en Ecuador. Así lo contempla el artículo 26 del proyecto de Ley Orgánica para Desarticular la Economía Criminal Vinculada al Conflicto Armado Interno, remitido con carácter económico urgente a la Asamblea Nacional.
La propuesta ha encendido el debate jurídico y político en el país, pues plantea permitir al Ejecutivo anunciar indultos incluso antes de que exista una sentencia condenatoria. El texto señala que el mandatario podría conceder esta medida a personas procesadas penalmente por actuaciones vinculadas al conflicto armado interno, sin que sea necesario un fallo judicial ejecutoriado.
Indulto anticipado: ¿garantía o extralimitación?
Para expertos en derecho penal, la iniciativa se relaciona directamente con el respaldo político y legal a policías y militares que enfrentan a bandas criminales, particularmente en zonas conflictivas como Nueva Prosperina, en Guayaquil. Sin embargo, advierten que tal medida podría ser inconstitucional, por contradecir la figura del indulto establecida en la legislación ecuatoriana.
“El indulto, según el artículo 74 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), solo procede cuando hay una sentencia en firme y la persona condenada está privada de libertad. Lo que propone el Ejecutivo se asemeja más a una amnistía, que es atribución exclusiva de la Asamblea”, explicó el abogado penalista Nicolás Salas.
Salas alertó que el texto “confunde la naturaleza del indulto con la de la amnistía”, lo que podría constituir una extralimitación de las competencias del presidente de la República.
Una postura reiterada
Noboa ha manifestado públicamente su intención de proteger legalmente a los agentes del orden que actúan contra el crimen. El pasado 7 de marzo escribió en su cuenta de X (antes Twitter): “Todos los policías y militares que hayan actuado y que vayan a desplegarse en Nueva Prosperina cuentan desde ya con indulto presidencial”. Un mes después, anunció que otorgaría el indulto al policía Paco Nicolás Morales, procesado tras abatir a un presunto delincuente en Quito.
No obstante, según el abogado Pablo Encalada, la iniciativa no solo es jurídicamente cuestionable, sino también peligrosa desde el punto de vista democrático.
“Por más que enfrentemos una ola de criminalidad, no se puede salir del marco del Estado de derecho. Ya ha pasado en la historia de América Latina que, cuando se conceden licencias extrajudiciales, se desencadenan abusos como ejecuciones extrajudiciales o persecuciones políticas”, advirtió Encalada.
El jurista añadió que, aunque el proyecto no formaliza un indulto dentro del proceso penal, permite al presidente “anunciar” que lo concederá después, lo cual —según él— no tiene efectos jurídicos inmediatos pero puede influir políticamente y condicionar la actuación de jueces y fiscales.
Excepciones y procedimiento
El texto legal detalla que los indultos anticipados no aplicarían a personas procesadas por delitos como genocidio, tortura, desaparición forzada, secuestro, homicidio por razones políticas, ni contra la administración pública. Además, se aclara que esta medida no impediría las investigaciones ni afectaría la responsabilidad del Estado o las reparaciones integrales a las víctimas.
De aprobarse, los detalles del procedimiento para solicitar y conceder estos indultos serían definidos en un reglamento elaborado por el Ejecutivo.
El proyecto avanza en la Asamblea
La propuesta fue calificada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) el pasado 19 de mayo y enviada a la Comisión de Desarrollo Económico, que deberá presentar un informe para el primer debate en un plazo máximo de diez días.
Además de las disposiciones penales, el proyecto incluye un componente económico-tributario con incentivos e instrumentos para desmantelar las estructuras financieras del crimen organizado.
Mientras tanto, el debate se instala en un país marcado por altos índices de violencia y una ciudadanía dividida entre la urgencia de soluciones efectivas y el respeto a las garantías constitucionales.







Sé el primero en comentar