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Nueva Ley de Integridad Pública despierta polémica: expertos alertan sobre riesgo de injerencia política en la justicia

La Asamblea Nacional aprobó la noche de este martes, 26 de junio, con 84 votos afirmativos, la controvertida Ley Orgánica de Integridad Pública, remitida por el presidente Daniel Noboa con carácter de económico urgente. La normativa ha generado una fuerte reacción en el ámbito jurídico y político, debido a que otorga al presidente del Consejo de la Judicatura (CJ) amplias facultades para declarar en emergencia a la Función Judicial, y en ese marco, aplicar cambios profundos en la selección, evaluación y remoción de jueces y fiscales, mediante un procedimiento calificado como “expedito”.

El artículo 269.1, incorporado al Código Orgánico de la Función Judicial, permite —previa aprobación por mayoría simple del pleno del CJ— declarar un estado de emergencia judicial. Bajo esta figura, se habilita de manera temporal la contratación por emergencia, la reasignación de recursos presupuestarios, evaluaciones anticipadas a operadores de justicia, y un régimen especial de ingreso sin estabilidad a la carrera judicial.

Juristas advierten retrocesos institucionales

El abogado penalista Julio César Cueva calificó la medida como “una nueva metida de mano a la justicia”, comparándola con prácticas del correísmo que —a su juicio— debilitaron la independencia judicial en el pasado. “Estamos frente a un sistema que puede terminar subordinado al poder político de turno”, advirtió.

Cueva cuestiona que el ingreso sin estabilidad para nuevos funcionarios y las evaluaciones anticipadas a jueces y fiscales puedan usarse como mecanismo de presión o sanción indirecta. También señala la falta de contrapesos institucionales: “No hay intervención de la Corte Nacional, ni control constitucional, ni participación ciudadana”.

Por su parte, César García, director del Colegio de Abogados del Guayas, considera que esta norma abre la puerta a contrataciones sin transparencia ni meritocracia. “Permite sacar con la misma facilidad con la que se ingresa, generando jueces vulnerables a presiones externas. Además, las contrataciones por emergencia pueden derivar en uso discrecional de fondos públicos”, dijo.

García también alertó sobre el riesgo de que el estado de emergencia se prorrogue indefinidamente, dada la discrecionalidad otorgada al Consejo de la Judicatura para determinar su duración.

¿Emergencia necesaria o herramienta de control?

Aunque algunos sectores reconocen que la Función Judicial necesita ser reformada, el debate gira en torno al modo en que se busca hacerlo. El constitucionalista José Chalco opina que si bien el sistema judicial atraviesa una crisis profunda, las soluciones deben fortalecerse dentro del marco institucional y no mediante “quebrantamientos excepcionales”.

“Las crisis institucionales requieren más institucionalidad, no menos. La ley debe respetar la Constitución, que exige concursos de méritos y oposición para el ingreso al servicio público. Saltarse eso sería inconstitucional”, subrayó Chalco.

También advirtió que permitir el nombramiento de jueces por procedimientos especiales en situaciones de emergencia puede generar un escenario de “jueces de temporada”, lo cual socavaría la estabilidad y la confianza en el sistema judicial.

Lo que sigue

La Ley Orgánica de Integridad Pública será remitida al presidente Daniel Noboa, quien tendrá 30 días para sancionarla u observarla (vetarla parcial o totalmente). La decisión del Ejecutivo será clave en un contexto donde el sistema judicial enfrenta severas críticas por su lentitud, presunta corrupción y falta de independencia.

Mientras tanto, el debate sigue encendido en el país, con voces que claman por una reforma judicial profunda, pero sin comprometer los principios democráticos y constitucionales que garantizan la independencia de la justicia.

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