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El Consejo de la Judicatura podrá declarar en emergencia al sistema judicial: nueva facultad incluida en la Ley de Integridad Pública

La reciente Ley de Integridad Pública, publicada en el Registro Oficial el pasado 26 de junio, introdujo una reforma clave en el Código Orgánico de la Función Judicial. A partir de esta modificación, el presidente del Consejo de la Judicatura (CJ) queda facultado para declarar en emergencia al sistema judicial, con el fin de implementar acciones urgentes que mejoren la administración de justicia en el país.

El actual presidente del CJ, Mario Godoy, anunció que esta declaratoria se realizaría en el transcurso del próximo mes, aunque no precisó una fecha. Aclaró que el objetivo no es la remoción inmediata de jueces, como se ha especulado, sino una evaluación profunda de las estructuras, procesos y actores que conforman el sistema judicial.

“En las últimas semanas se ha trabajado en territorio, se han recopilado datos y elaborado informes técnicos sobre la situación física, operativa y humana de la Función Judicial”, explicó Godoy, justificando la preparación de esta medida extraordinaria.

¿Qué dice la norma?

El artículo reformado establece:

“En caso de que, previo análisis del Presidente del Consejo de la Judicatura, la Función Judicial requiera de acciones inmediatas y urgentes para abordar problemas del servicio público de administración de justicia, y realizar mejoras esenciales para garantizar la tutela judicial efectiva de la ciudadanía, se resolverá la declaratoria de emergencia en la Función Judicial”.

Antes de la declaratoria, el presidente deberá presentar los informes técnicos respectivos ante el pleno del CJ, el cual deberá aprobarlos con mayoría simple. Una vez aprobado, el director general del Consejo emitirá la resolución formal de emergencia.

¿Qué acciones puede ejecutar el CJ durante la emergencia?

La nueva normativa faculta al Consejo de la Judicatura a ejecutar una serie de medidas bajo un régimen especial:

  • Establecer un régimen expedito de ingreso a la carrera judicial, en el cual no se generará estabilidad laboral automática para los nuevos servidores.
  • Reasignar y solicitar recursos presupuestarios con carácter urgente.
  • Aplicar evaluaciones anticipadas a jueces y fiscales.
  • Realizar contrataciones directas por emergencia, según lo requiera la situación.

La resolución de emergencia deberá estar motivada y definida por un plazo de duración, aunque este podrá ser prorrogado por decisión del pleno del CJ.

Con esta reforma, el Consejo de la Judicatura suma una herramienta de intervención inmediata en el sistema judicial, lo que podría marcar un punto de inflexión en la gestión institucional y la lucha contra la ineficiencia y la corrupción. Sin embargo, también genera expectativas y alertas sobre su aplicación y alcance real.

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