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TCE inadmite denuncias del correísmo contra siete ministros del Gobierno de Noboa

Cinco jueces del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) inadmitieron siete denuncias presentadas por el asambleísta de la bancada de la Revolución Ciudadana (RC), Christian Hernández, en contra de varios ministros del Gabinete del presidente Daniel Noboa. La decisión se conoció este lunes 22 de diciembre de 2025, luego del análisis de las impugnaciones ingresadas entre el 9 y 10 de diciembre.

Las denuncias estaban dirigidas contra los ministros Harold Burbano (Trabajo), Roberto Luque (Infraestructura y Transporte), Luis Alberto Jaramillo (Producción), Roberto Kury (Telecomunicaciones), Zaida Rovira (Desarrollo Humano), Inés Manzano (Ambiente y Energía) y Gian Carlo Loffredo (Defensa).

Los recursos fueron conocidos por los jueces Ivonne Coloma, presidenta del TCE; Juan Patricio Maldonado, Ángel Torres, Guillermo Ortega y Richard González, quienes coincidieron en inadmitir las denuncias bajo un mismo argumento jurídico.

Falta de competencia del TCE

Según lo resuelto por los magistrados, las acciones cuestionadas por el legislador no constituyen infracciones electorales, sino posibles contravenciones electorales, cuya competencia recae en el Consejo Nacional Electoral (CNE) y no en el Tribunal Contencioso Electoral.

En uno de los autos emitidos, los jueces señalan que el peticionario no distingue entre ambos tipos de faltas ni entre los órganos competentes para conocerlas. “La contravención electoral prevista en el artículo 291 del Código de la Democracia no es de competencia del Tribunal Contencioso Electoral por disposición expresa de la ley”, se indica en la resolución.

En otro pronunciamiento, el Tribunal explica que el asambleísta Hernández pretendía que el TCE conozca directamente una infracción que, por su naturaleza administrativa, requiere previamente una resolución del CNE. Solo después de ese pronunciamiento podría habilitarse la jurisdicción del TCE, mediante un recurso de apelación.

El origen de las denuncias

Christian Hernández acusó a los siete ministros de haber vulnerado la prohibición legal de difundir opiniones en medios digitales que puedan inducir a los electores a una determinada preferencia electoral, durante el período de silencio electoral. Según el legislador, estas acciones se habrían producido dentro de las 48 horas previas y hasta las 17:00 del día del sufragio, en el marco del referéndum y la consulta popular del 16 de noviembre de 2025.

Con la inadmisión de las denuncias, el TCE dejó claro que cualquier eventual responsabilidad administrativa debe ser analizada inicialmente por el Consejo Nacional Electoral, cerrando así esta vía procesal impulsada por el asambleísta de la Revolución Ciudadana.

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