La constitucionalidad del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) suscrito entre Ecuador y Emiratos Árabes Unidos ha encendido un intenso debate jurídico, político y económico en el país. La Corte Constitucional del Ecuador ha recibido al menos 165 amicus curiae —escritos de terceros interesados— a favor y en contra del acuerdo, que deberá someterse a control previo antes de su eventual vigencia.
El instrumento fue firmado el 6 de diciembre de 2025 por la administración del presidente Daniel Noboa bajo el nombre de “Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Árabes Unidos y el de la República del Ecuador para la promoción y protección recíproca de inversiones”. El tratado establece un marco de protección para inversiones en ambos territorios por un periodo inicial de diez años.
El núcleo de la controversia: el arbitraje internacional
El eje de la discusión se concentra en el mecanismo de solución de controversias previsto en el acuerdo. El texto contempla que, si una disputa no puede resolverse mediante consultas y negociación en un plazo de seis meses, el inversionista podrá someter el caso a tribunales arbitrales internacionales.
Para decenas de ciudadanos, organizaciones sociales y actores políticos, esta disposición vulneraría el artículo 422 de la Constitución ecuatoriana, que prohíbe la celebración de tratados en los que el Estado ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional en controversias contractuales o comerciales entre el Estado y particulares.
Los amicus curiae críticos solicitan que se declare la inconstitucionalidad del tratado o, al menos, que se determine que requiere aprobación de la Asamblea Nacional del Ecuador antes de entrar en vigor.
Entre quienes respaldan esta postura se encuentra la organización ambientalista Acción Ecológica, que advierte sobre posibles riesgos ambientales y teme que el acuerdo facilite el acaparamiento de ecosistemas frágiles como páramos, manglares y bosques.
También se pronunció la investigadora Ladan Mehranvar, del Centro de Columbia sobre Inversión Sostenible, quien alertó sobre una eventual cesión de jurisdicción soberana. En el plano político, el legislador Luis Molina, de la Revolución Ciudadana, pidió que el máximo tribunal disponga que el tratado requiera aprobación legislativa.
El respaldo empresarial y el argumento económico
En contraste, gremios empresariales y cámaras de producción han presentado escritos defendiendo la constitucionalidad del acuerdo.
El Comité Empresarial Ecuatoriano sostiene que el arbitraje internacional no desplaza la jurisdicción de los tribunales nacionales para controversias regidas por la ley interna, sino que se limita a juzgar el cumplimiento de estándares internacionales como el trato justo y equitativo o la protección y seguridad plenas.
Desde la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (AEBE), su representante José Hidalgo expuso que la inversión extranjera directa es clave para dinamizar la economía y generar empleo. Recordó que en 2024 Ecuador captó 443 millones de dólares en inversión extranjera directa, cifra inferior al promedio de la última década y muy por debajo de países como Colombia y Perú.
El Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, en su informe técnico remitido a la Corte, detalla potenciales proyectos derivados del acercamiento con Emiratos Árabes Unidos: la construcción de una planta de bioetanol con financiamiento privado, proyectos hidrocarburíferos, posible repotenciación o construcción de refinerías, desarrollo agrícola en Imbabura y la habilitación de un corredor tecnológico en Cuenca.
El secretario jurídico de la Presidencia, Enrique Herrería, exjuez constitucional, ha instado a los magistrados a pronunciarse con celeridad. Según explicó en entrevistas recientes, el Gobierno espera que en los próximos 12 a 18 meses ingresen más de 2.000 millones de dólares en inversiones, especialmente en los sectores petrolero y agrícola.
Herrería sostiene que el tratado no contraviene el artículo 422 y confía en un dictamen favorable.
El trámite en la Corte
El expediente se encuentra en conocimiento de la jueza Claudia Salgado, quien deberá elaborar el proyecto de dictamen para que sea analizado por los ocho magistrados restantes.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la Corte dispone de un plazo de 30 días para pronunciarse; de no hacerlo, se entendería aprobado. No obstante, dentro de la sustanciación se concedió un término adicional a la Presidencia para remitir el texto íntegro del tratado en los idiomas correspondientes, debido a errores en la traducción inicial.
El documento corregido fue entregado el 11 de febrero, pero hasta el momento no se han convocado audiencias públicas para escuchar a los comparecientes ni se han emitido nuevas providencias.
El fallo de la Corte no solo definirá la viabilidad jurídica del acuerdo con Emiratos Árabes Unidos, sino que marcará un precedente sobre el alcance del arbitraje internacional en el marco constitucional ecuatoriano, en un momento en que el país busca atraer capital extranjero sin reabrir viejas disputas sobre soberanía y jurisdicción.







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