La decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de adelantar las elecciones seccionales al 29 de noviembre de 2026 ha provocado una ola de reacciones en el ámbito político y jurídico del país. Hasta el momento, se han presentado cuatro recursos subjetivos contenciosos electorales ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y dos acciones de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional del Ecuador (CC).
Los recursos ante el TCE comenzaron a ingresarse desde el pasado 30 de marzo por parte de representantes de distintas organizaciones políticas. Entre ellos, destaca el presentado por Gabriela Rivadeneira, presidenta del movimiento Revolución Ciudadana (RC), junto al abogado Gabriel Rivera López. A esta acción se sumaron la del ciudadano Pablo Ricaurte Altamirano, presidente del movimiento L.I.D.E.R., y la del asambleísta Alfredo Serrano Valladares, titular nacional del Partido Social Cristiano (PSC).
Un cuarto recurso fue impulsado por Holver Trinidad Giler Macías, dirigente provincial de Sucumbíos afiliado a Izquierda Democrática (ID). Sin embargo, esta acción fue inadmitida por el juez electoral Guillermo Ortega, quien determinó que el demandante no contaba con legitimación activa, por lo que ordenó el archivo del caso. Los demás recursos continúan en fase de sustanciación.
Acciones de inconstitucionalidad en curso
En paralelo, el mismo 30 de marzo, el docente universitario Andrés Albuja Batallas presentó una acción de inconstitucionalidad contra la resolución del CNE. El caso fue asignado al despacho del juez Jorge Benavides.
El demandante sostiene que adelantar las elecciones, originalmente previstas para febrero de 2027, vulnera derechos políticos y genera impactos negativos en la administración pública local. Según su argumento, esta medida obligaría a los gobiernos autónomos descentralizados a convivir durante seis meses con autoridades electas antes de su posesión, lo que afectaría la planificación financiera, fomentaría el gasto ineficiente y paralizaría la inversión pública.
Por su parte, el Partido Social Cristiano también presentó una acción pública de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional. En su pronunciamiento, la organización política sostiene que la Constitución establece condiciones específicas para modificar el calendario electoral, y cuestiona que la decisión del CNE se base en proyecciones meteorológicas.
El PSC argumenta que la medida vulnera derechos fundamentales como la participación política, la seguridad jurídica y el normal desarrollo del proceso electoral, por lo que solicita que se declare su inconstitucionalidad.
Argumentos detrás del cambio electoral
La resolución del CNE fue adoptada el pasado 27 de marzo con los votos favorables de los consejeros José Cabrera, Esthela Acero, Enrique Pita y Diana Atamaint.
La decisión se fundamentó en informes técnicos del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología y de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, que advierten sobre la posible ocurrencia de un fenómeno climático en el primer trimestre de 2027 que dificultaría la realización de los comicios.
Con este cambio, las elecciones para alcaldes, prefectos, vocales de juntas parroquiales y consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) se adelantaron del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026.
El proceso ahora queda en manos de las instancias judiciales, que deberán determinar la legalidad y constitucionalidad de una decisión que podría redefinir el calendario electoral del país y marcar un precedente en la institucionalidad democrática del Ecuador.







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