El Concejo Cantonal de Cuenca aprobó una nueva ordenanza que regula de manera estricta la instalación y control de la publicidad y propaganda exterior en el cantón. La normativa, conformada por ocho capítulos y 87 artículos, fue sancionada el pasado 13 de marzo y entrará en vigencia una vez publicada en el Registro Oficial. Entre sus principales disposiciones destaca el plazo máximo del 31 de diciembre de 2025 para que toda la publicidad que no se ajuste a la nueva normativa sea retirada.
La medida pretende ordenar y regular el uso del espacio público, así como reducir la contaminación visual, principalmente en zonas urbanas. La ordenanza también sustituye a la normativa vigente desde 2004, que había sido reformada por última vez en 2007.
Control riguroso a pantallas LED y nueva clasificación publicitaria
Uno de los principales ejes de la normativa es la regulación de las pantallas LED. Aquellas que no cumplan con los requisitos técnicos y urbanísticos deberán ser desmontadas antes de finalizar el año.
“Queremos ser claros: esta norma regula, autoriza, controla y sanciona la instalación, permanencia y retiro de la publicidad exterior en Cuenca, con excepción de las áreas históricas y aquellas normadas por la EMOV y la Unidad Ejecutora del Tranvía”, explicó el concejal Román Carabajo, quien encabezó el proceso de socialización de la ordenanza en cinco sesiones de concejo y más de ocho talleres con beneficiarios y proveedores del sector.
La nueva regulación establece tres tipos de publicidad exterior:
- No lumínica: Publicidad que no emite luz, como vallas y carteles convencionales.
- Lumínica: Incluye pantallas LED y estructuras iluminadas que proyectan información visual, imágenes o videos en espacios públicos y privados.
- Eventual: Anuncios temporales destinados a eventos deportivos, sociales o políticos, los cuales deberán ser previamente autorizados.
Además, se prohíbe instalar publicidad a menos de 30 metros de puentes, pasos a desnivel, rotondas e intersecciones viales, con el objetivo de garantizar la seguridad vial.
Condiciones estrictas para la publicidad lumínica
La ordenanza impone restricciones específicas para la publicidad lumínica. Entre ellas:
- El horario de funcionamiento permitido será de 07:00 a 22:00, diferenciando entre horario diurno (07:00 a 18:59) y nocturno (19:00 a 22:00).
- Se requiere un sistema de regulación automática del brillo para evitar deslumbramientos, así como la proyección de imágenes estáticas, evitando cambios bruscos de iluminación.
- La intensidad del color blanco en las pantallas deberá reducirse al 65%.
- El brillo máximo permitido para pantallas, letreros y otras fuentes de luz será de 350 candelas por metro cuadrado (cd/m²).
En el caso de pantallas instaladas en domicilios o negocios, estas no podrán ocupar más del 25% de la fachada y no deben obstruir ventanas u otras estructuras arquitectónicas.
Sanciones y nuevas tasas
El incumplimiento de la ordenanza conllevará sanciones que van desde amonestaciones leves hasta multas graves y el retiro forzoso de la publicidad.
Los valores de las sanciones se calcularán en función de la ubicación y el tamaño de los anuncios. Las tarifas por el uso del espacio publicitario también fueron revisadas. Según Carabajo, en algunos casos, las pantallas LED que pagaban 30 o 45 dólares anuales ahora deberán cancelar entre 1.500 y 2.000 dólares al año, conforme a la nueva tabla de tasas establecida.
Los recursos recaudados por estas tarifas serán destinados a la Empresa Municipal de Aseo de Cuenca (EMAC EP) para el desarrollo de proyectos ambientales.
Espacios obligatorios para mensajes de interés social
Otro aspecto clave de la normativa es la obligatoriedad de destinar un porcentaje de los espacios publicitarios para mensajes de utilidad pública, incluyendo campañas de prevención de violencia de género, búsqueda de personas desaparecidas y programas educativos.
“Queremos que los emprendimientos puedan publicitarse sin afectar los derechos de terceros ni el ornato de la ciudad”, puntualizó Santiago Vanegas, director de Control Municipal. Según Vanegas, el enfoque de la ordenanza es equilibrar el derecho a la comunicación comercial con la responsabilidad social y la seguridad ciudadana.
Fin a la normativa anterior
Con la aprobación de esta nueva ordenanza, queda derogada la normativa vigente desde 2004, que había sido modificada en 2007. Las autoridades aseguran que este nuevo marco legal responde a las necesidades actuales de la ciudad en términos de ordenamiento urbano, protección del paisaje y sostenibilidad.
La ciudadanía y los empresarios del sector publicitario tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse a los nuevos requisitos y evitar sanciones.







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