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Incertidumbre Jurídica Sobre el Futuro de Cristian Zamora en la Alcaldía de Cuenca

La suspensión de seis meses de los derechos políticos del alcalde de Cuenca, Cristian Zamora, ordenada por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), ha abierto un intenso debate jurídico sobre su eventual retorno al cargo una vez cumplida la sanción. Mientras algunos juristas sostienen que la ausencia prolongada podría derivar en el abandono de funciones, otros aseguran que la medida es estrictamente temporal y no impide su reincorporación.

La controversia surge debido a que la legislación ecuatoriana no establece de manera expresa cuáles son las consecuencias institucionales de una suspensión de derechos políticos impuesta a una autoridad de elección popular en funciones.

La sanción contra Zamora se originó tras una sentencia por violencia política de género y provocó su separación temporal de la administración municipal, que actualmente se encuentra bajo la conducción de la vicealcaldesa, Marisol Peñaloza, quien asumió la Alcaldía de manera subrogante.

La tesis de que Zamora no podrá regresar

Uno de los criterios más contundentes es el del presidente del Colegio de Abogados del Azuay, Rubén Calle, quien considera que el alcalde no podrá retomar sus funciones al término de la suspensión.

Según su interpretación, la sanción no solo impide ejercer los derechos de participación política, sino también desempeñar cualquier cargo público durante el período establecido por la sentencia.

El jurista señaló que el verdadero conflicto jurídico podría presentarse una vez transcurridos los seis meses de suspensión, ya que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) establece límites respecto a las ausencias de las autoridades.

A criterio de Calle, una ausencia superior a los 60 días podría configurar una causal de abandono del cargo, situación que correspondería analizar y declarar al Concejo Cantonal de Cuenca.

De darse este escenario, la actual alcaldesa subrogante podría asumir de manera definitiva la titularidad de la Alcaldía.

El vacío legal y la necesidad de un pronunciamiento institucional

Una postura más cautelosa mantiene el abogado, exjuez del TCE y docente universitario, Jorge Moreno.

El jurista considera que el caso debe ser estudiado por las instancias municipales competentes, particularmente por la Comisión de Mesa, organismo que deberá determinar si la ausencia del alcalde tiene un carácter temporal o definitivo.

Según Moreno, existe un evidente vacío normativo, ya que el Cootad fue aprobado en 2010, mientras que la figura de la suspensión de derechos políticos como sanción electoral se incorporó recién en 2020 mediante reformas a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas.

Esta diferencia legislativa, sostiene, dificulta establecer con precisión cuáles son los efectos jurídicos de una sanción electoral sobre una autoridad en ejercicio de sus funciones.

Por ello, considera importante la consulta presentada por Marisol Peñaloza ante la Procuraduría General del Estado, cuyo pronunciamiento podría servir de guía para resolver la controversia.

Aunque evita asegurar que Zamora perderá definitivamente la Alcaldía, Moreno reconoce que el Concejo Cantonal deberá adoptar una resolución una vez concluido el período de suspensión.

La postura que defiende el retorno del alcalde

Por su parte, el exdirector provincial del Consejo de la Judicatura, Juan Darquea, sostiene que no existe fundamento legal para hablar de abandono del cargo.

Según su criterio, el abandono implica una decisión voluntaria de la autoridad de dejar sus funciones, situación que no se configura en el caso de Zamora, quien fue separado temporalmente por una sentencia ejecutoriada emitida por una autoridad competente.

Darquea enfatizó que el alcalde está obligado a cumplir la resolución del Tribunal Contencioso Electoral y que cualquier incumplimiento podría incluso constituir desacato.

Por ello, considera erróneo equiparar la suspensión derivada de una sentencia electoral con un abandono voluntario de las responsabilidades administrativas.

Asimismo, señaló que la resolución del TCE es clara al establecer un período de seis meses de suspensión, tras el cual cesaría la restricción impuesta al alcalde.

Un caso que podría sentar precedente

La situación de Cristian Zamora ha puesto en evidencia un vacío jurídico que no solo afecta al Municipio de Cuenca, sino que podría convertirse en un precedente para futuras autoridades de elección popular que enfrenten sanciones similares.

Mientras algunos especialistas consideran que la prolongada ausencia podría impedir el retorno del alcalde, otros sostienen que la sanción tiene un límite temporal claramente definido y que, una vez cumplido, la autoridad está facultada para retomar sus funciones.

La decisión final dependerá de las interpretaciones que realicen los organismos competentes y de los pronunciamientos jurídicos que se emitan en las próximas semanas, en un debate que mantiene en expectativa a la ciudadanía cuencana y al escenario político nacional.

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